Tipos de licencia
Instituciones de dinero electrónico
Emitir dinero electrónico y administrar cuentas y tarjetas, sin depósitos de préstamo. Comparación entre regímenes 34. Las cifras son los mínimos legales de cada regulador; Las necesidades reales de capital suelen ser mayores.
| Jurisdicción | Licencia | Capital mínimo | Línea de tiempo | Riesgo |
|---|---|---|---|---|
| Austria Europe (EU) | Licencia de entidad emisora de dinero electrónico FMA | EUR 350,000 | Se aplica el procedimiento ZaDiG 2018: decisión en un plazo de tres meses a partir de una solicitud completa | Estándar |
| Belgium Europe (EU) | Licencia como entidad de dinero electrónico NBB | EUR 350,000 | NBB decide dentro de los 3 meses de confirmar que el archivo está completo y no más tarde de 12 meses después de la presentación | Estándar |
| Cyprus Europe (EU) | Autorización como entidad de dinero electrónico CBC | EUR 350,000 | Tres meses a partir de una solicitud completa (PSD2 art. 12, aplicado a las EMI por EMD2 art. 3, para. 1) | Estándar |
| Estonia Europe (EU) | Licencia de funcionamiento de una entidad de dinero electrónico Finantsinspektsioon | EUR 350,000 | Decisión dentro de los 3 meses de todos los documentos y datos, y no más tarde de 6 meses después de la solicitud | Estándar |
| Francia Europa (UE) | Agrément as an electronic money institution (autorización como entidad de dinero electrónico) ACPR | EUR 350,000 | Agrément entregado en un plazo de 3 meses a partir del expediente completo (ACPR) | Estándar |
| Alemania Europa (UE) | Licencia para negocios de dinero electrónico (E-Geld-Institut) BaFin | EUR 350,000 | PSD2 Art. 12: decisión en el plazo de 3 meses a partir de una solicitud completa | Estándar |
| Irlanda Europa (UE) | Autorización de entidad de dinero electrónico Banco Central de Irlanda | EUR 350,000 | Estándar de servicio: etapa de evaluación dentro de los 90 días hábiles (el reloj se detiene mientras espera al solicitante); el Banco Central señala que las empresas pueden tardar más de 12 meses en proporcionar toda la información | Estándar |
| Italia Europa (UE) | Autorización de entidad de dinero electrónico (IMEL) Banca d'Italia | EUR 350,000 | PSD2 art. 12 (aplicado a las EMI vía EMD2): decisión dentro de los 3 meses de una solicitud completa; No se verificó el plazo de procedimiento del propio Banca d'Italia | Estándar |
| Lituania Europa (UE) | Licencia de entidad de dinero electrónico (EMI) Junta del Banco de Lituania | EUR 350,000 | 3 meses a partir de una solicitud completa (2 meses para la licencia de actividades restringidas EMI); el reloj se reinicia al presentar documentos adicionales | Estándar |
| Luxemburgo Europa (UE) | Autorización de entidad de dinero electrónico (EMI) CSSF | EUR 350,000 | Decisión en el plazo de 3 meses a partir de la presentación de una solicitud completa y, en todo caso, en el plazo de 12 meses; de lo contrario se considerará denegada (art. 24-3) | Estándar |
| Malta Europe (EU) | Licencia de entidad financiera para emitir dinero electrónico (entidad de dinero electrónico) MFSA | EUR 350,000 | MFSA debe determinar dentro de los tres meses siguientes a la recepción de una solicitud formal completa (FIR/01, párrs. 43 y 44) | Estándar |
| Países Bajos Europa (Unión Europea) | Autorización de entidad de dinero electrónico DNB | EUR 350,000 | PSD2/EMD2 período de decisión de 3 meses a partir de una solicitud completa; DNB señala que puede necesitar más de tres meses si la información es insuficiente | Estándar |
| Poland Europe (EU) | Autorización como entidad nacional de dinero electrónico (krajowa instytucja pieniądza elektronicznego, KIPE) KNF | EUR 350,000 | KNF decide dentro de 3 meses de una solicitud completa (art. 62(2), aplicado a los EMI por el art. 132b(3)) | Estándar |
| Portugal Europe (EU) | Autorización de entidad de dinero electrónico Banco de Portugal | EUR 350,000 | PSD2 Art. 12: decisión en el plazo de 3 meses a partir de una solicitud completa | Estándar |
| Spain Europe (EU) | Autorización de entidad de dinero electrónico Banco de España | EUR 350,000 | Decisión dentro de los 3 meses siguientes a la recepción o finalización del expediente; El silencio significa rechazo (RD 778/2012 art. 1(2)) | Estándar |
| Gibraltar Europa (fuera de la UE) | Institución de dinero electrónico (permiso Parte 7) GFSC | EUR 350,000 | No publicado | Estándar |
| Isla de Man Europa (fuera de la UE) | Clase 8(4) licencia de servicios de transferencia de dinero (emisión de dinero electrónico) IOMFSA | Not published | Estándar de servicio IOMFSA de 6 meses a partir de una solicitud completa; más tiempo si está incompleta o surgen problemas | Estándar |
| Liechtenstein Europa (fuera de la UE) | Licencia de entidad de dinero electrónico (Bewilligung als E-Geld-Institut) FMA Liechtenstein | EUR 350,000 | Decisión en el plazo de tres meses a partir de la recepción de la solicitud o de la información completa (art. 7(3) EMA); rechazo si todavía está incompleta después de doce meses | Estándar |
| Suiza Europa (no perteneciente a la UE) | Licencia FinTech (personas bajo el Art. 1b BankA) FINMA | CHF 300,000 | No publicado | Estándar |
| Reino Unido Europa (no perteneciente a la UE) | Entidad de dinero electrónico autorizada FCA | EUR 350,000 | FCA debe determinar una solicitud completa dentro de 3 meses y cualquier solicitud dentro de 12 meses de la recepción (EMRs 2011 reg. 9) | Estándar |
| Qatar (QFC) Oriente Medio | Licencia de proveedor de servicios de pago del QCB, Categoría I (emisión de dinero electrónico y adquisición de comerciantes) Banco Central de Qatar | QAR 2,000,000 | El Gobernador decide dentro de los 60 días después de que se cumplan todas las condiciones de licencia | Estándar |
| Emiratos Árabes Unidos (en tierra) Oriente Medio | Licencia de Servicios de Valor Almacenado (SVF) Banco Central de los Emiratos Árabes Unidos | AED 15,000,000 | No publicado | Estándar |
| Emiratos Árabes Unidos: Centro Financiero Internacional de Dubái (DIFC) Oriente Medio | Prestación de servicios monetarios (emisión de valor almacenado), categoría 3C DFSA | USD 500,000 | No publicado | Estándar |
| Australia Asia-Pacífico | Autorización del proveedor de facilidades de pago (PPF) adquiridas como ADI APRA | Not published | No publicado | Estándar |
| Hong Kong Asia-Pacífico | Licencia de instalación de valor almacenado (SVF) HKMA | HKD 25,000,000 | No publicado | Estándar |
| Japón Asia-Pacífico | Emisor de instrumentos de pago prepagados para negocios de terceros (registro) FSA (a través de la Oficina de Finanzas local) | Not published | No publicado | Estándar |
| Filipinas Asia-Pacífico | Autoridad emisora de dinero electrónico (EMI) BSP | Not published | No publicado | Estándar |
| Singapur Asia-Pacífico | Emisión de dinero electrónico bajo una licencia MPI o SPI MAS | SGD 250,000 | No publicado | Estándar |
| Corea del Sur Asia-Pacífico | Permiso de emisión de dinero electrónico FSC | KRW 5,000,000,000 | No publicado | Estándar |
| Corea del Sur Asia-Pacífico | Registro para la emisión y gestión de medios electrónicos de pago prepagados FSC | KRW 2,000,000,000 | No publicado | Estándar |
| Bolivia América y el Caribe | Empresa de servicios de pago móvil (mobile payment services company) Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero | Paid-in capital in bolivianos equal to UFV 3,000,000 (art. 368). Capital may be paid in cash or in kind, but in-kind capital is limited to real estate and technology platforms used in the business. Additional capital must fund a trust that backs the electronic money in circulation (art. 373). | No publicado | Alto riesgo |
| Brasil América y el Caribe | Institución de pago, modalidad emisora de dinero electrónico (payment institution issuing electronic money) Banco Central do Brasil | BRL 9,200,000 | No publicado | Estándar |
| Chile América y el Caribe | Emisor de tarjetas de pago con provisión de fondos (non-bank prepaid card issuer) Comisión para el Mercado Financiero (registro); Banco Central de Chile (reglamento) | CLF 25,000 | No publicado | Estándar |
| México América y el Caribe | Institución de fondos de pago electrónico (IFPE) Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con el acuerdo del Comité Interinstitucional (SHCP, Banco de México y CNBV) | MXV 500,000 | Las autorizaciones que requieran del Comité Interinstitucional deben ser decididas en un plazo máximo de 180 días (Ley Fintech art. 6). La autoridad podrá ampliar este plazo hasta la mitad a petición del solicitante. | Estándar |
Las fuentes se enumeran en la página de cada jurisdicción. Solo información, no asesoramiento legal.